El Ministerio de Agricultura estableció el precio mínimo de sustentación para el litro de leche cruda que regirá a partir de este 1 de junio de 2025, en 50 centavos de dólar según lo dispuesto en la Ley para fomentar la producción, comercialización, industrialización, consumo y fijación del precio de la leche.
Señala que para acceder a este precio mínimo debe considerar criterios técnicos basados en parámetros de calidad composicional, higiénica y sanitaria de la leche, es decir deberá tener un contenido estándar de grasa del 3%, proteína del 2.9%, un conteo máximo de 158 000 unidades formadoras de colonias UFC y un conteo de células CCS de hasta 250 000 por mililitro.
Para Renán Lara, parte del directorio del Centro Agrícola de Latacunga, la fijación del litro de leche cruda en 50 centavos de dólar nos parece una maravilla, pero para acceder este precio los productores deberán cumplir algunos parámetros de calidad, por lo tanto, el sector beneficiario será el que entregue el producto a la industria.
Santiago Naula, representante legal de la red de productores de leche de Cotopaxi, lamentó que, los pequeños y medianos ganaderos no fueron tomados en cuenta por las autoridades del Ministerio de Agricultura en la elaboración de la tabla de costos del litro de leche cruda, en la cual se sustenta el precio del litro en 50 centavos a partir de este 1 de julio; para acceder a este precio el alimento debe cumplir algunos parámetros de calidad y aquellos que no cumplen terminarán recibiendo un valor de 42 centavos por litro, por ello calificó a la tabla como mañosa, buscan hacer creer que el productor es el beneficiado, lo cual no es cierto.
Naula coincide con el criterio del directivo del Centro Agrícola que el beneficiario con esta disposición será el que entregue su producto a la industria, más no el pequeño y mediano productor que tiene unas pocas vacas de leche, quién al no tener las condiciones y facilidades de poder vender el producto directamente a la industria seguirá vendiendo al intermediario quien terminará pagando un valor menor de lo establecido en la norma.