Indemnización por despido intempestivo se calculará con la última mejor remuneración

Indemnización por despido intempestivo se calculará con la última mejor remuneración

A través de una resolución, se estableció que la remuneración que se debe utilizar para calcular la indemnización por despido intempestivo será la última percibida por el trabajador, siempre que esta sea más favorable.
Es decir que se considerará la remuneración del mes anterior al despido o la del mismo mes en que se produjo, dependiendo de cuál sea más beneficiosa para el empleado, incluso si este último no corresponde a un mes completo de trabajo.

De esta forma, presentamos un ejemplo:

Si una persona es despedido intempestivamente en abril de 2025 y su remuneración mensual es de $900, no obstante, en marzo del mismo año, debido a horas extras y otras comisiones, su remuneración total fue de $1,100. De acuerdo a la Corte Nacional de Justicia, para el cálculo correspondiente se tomará en cuenta la remuneración más favorable, en este caso, se utilizaría la remuneración de marzo de 2025, que es de $1.100.

De acuerdo a Mauricio Molina, abogado en libre ejercicio de Latacunga, se debe tomar en cuenta varias acciones que se podrían presentar, “los trabajadores, podrían provocar un despido intempestivo en el momento que consideren más favorable a su interés para lograr alcanzar una indemnización mayor”, detalló.

Así también, resalta que podría identificarse un problema para los empleadores, pues deberán ajustar sus decisiones económicas sobre la materia, tomando en cuenta este precedente obligatorio y de inmediato cumplimiento.

¿Cómo se calcula la indemnización?

Si un trabajador ha laborado menos o hasta tres años en la empresa, el monto será de tres meses de remuneración; y, si tiene laborando más de tres años, el cálculo se hace con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda a 25 meses de remuneración, la fracción de un año se considerará como año completo.

También se contemplan aspectos como el número de vacaciones acumuladas, si mensualiza o no los décimos, si se trata de una mujer embarazada, una persona con discapacidad, entre otros.

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