La medida contempla que las mujeres en estas condiciones no serán sancionadas por no votar, no integrar una Junta Receptora del Voto o no asistir a las capacitaciones electorales, siempre que presenten la debida justificación.
Para acceder a este beneficio, las ciudadanas deberán presentar un certificado médico emitido por un profesional del Sistema Nacional de Salud en el caso de embarazo, o el certificado de nacimiento del hijo o hija durante el periodo de lactancia.
Esta disposición fue aprobada por el Pleno del CNE como parte de una reforma orientada a garantizar derechos y facilitar la participación electoral sin afectar la salud de las madres y sus hijos.
Desde el organismo electoral se destacó que esta medida responde a la necesidad de proteger a los grupos de atención prioritaria, en concordancia con lo establecido en la Constitución.
Con esta decisión, el CNE busca fortalecer la inclusión y el respeto a los derechos de las mujeres, así como garantizar el bienestar de niñas y niños en sus primeras etapas de vida.
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